jueves, 8 de mayo de 2008

¿Derogación al impuesto de los combustibles?



El impuesto específico a los combustibles fue creado bajo un estado de excepción constitucional. Por otro lado la Constitución Política en su artículo 44 en el último inciso dice lo siguiente: "Las medidas que se adopten durante los estados de excepción no podrán, bajo ninguna circunstancia, prolongarse más allá de la vigencia de los mismos"


La ley establece un gravamen a la primera venta o importación de gasolina automotriz y de petróleo diesel y, afecta al productor o importador de ellos. Su base imponible está formada por la cantidad de combustible, expresada en metros cúbicos. La tasa del impuesto es de 1,5 UTM (1) por metro cúbico para el petróleo diesel y de 6 UTM por metro cúbico para la gasolina automotriz. En Marzo de este año, la presidenta Bachelet informaba una rebaja inmediata parcial del impuesto específico a los combustibles. Esto significo que de 6 UTM por metro cúbico, este pasaría a 4.5, lo que en rigor significaría una rebaja en el precio de la bencina de al menos 50 pesos por litro y se “extendería” por 24 meses.


Luego de no cumplir con lo establecido, y de que los combustibles se elevaran a precios históricos en nuestro país, camioneros y transportistas de todo el país realizaron una huelga nacional para protestar. El diario el Mercurio realizó una encuesta sobre el tema (2) la cual se realizó en el Gran Santiago, compuesto por las 34 comunas de las zonas urbanas, incluidas Puente Alto y San Bernardo, el viernes 6 de junio, a 600 familias residentes en los hogares del Gran Santiago con teléfono fijo.

El 83,5% de los encuestados sostiene que se debe descontar el impuesto a los taxis y colectivos; el 82,3% a las micros y buses, y el 76,1% a los automovilistas.

Ante la pregunta de si la solución que el Gobierno le dio al conflicto de los camioneros estimulará a otros gremios para que actúen en forma similar, el 74,4% dijo que sí, y sólo el 18,4% respondió que no.

El 67,4% de los entrevistados dijo estar de acuerdo con la movilización de los camioneros -que durante tres días bloqueó las carreteras-, para obtener sus exigencias económicas frente al Gobierno. El 28,5% dijo estar en desacuerdo, y el 4,1% planteó no saber o no respondió.

Ante la pregunta de cómo actuó el Gobierno en el acuerdo alcanzado con el gremio de los camioneros, el 55,1% respondió que "con debilidad y a favor de los camioneros", el 28,5% "con serenidad y responsabilidad", y el 16,4% no supo o no respondió.

El 37,1% aseguró que el factor más importante para tener éxito en las demandas económicas y sociales frente al Gobierno es "si la causa de las personas movilizadas es legítima", el 35% que es "la capacidad de paralizar actividades de importancia para el país", y el 12,9% estimó que es clave el apoyo de los partidos políticos.


Con respecto a la derogación de todos los impuestos asociados a los combustibles, se realizó una investigación (3) donde se cree que es posible, en base a contradicciones del gobierno, y proponen una solución en dos etapas.


De acuerdo a la ley de presupuestos del 2006, la recaudación por concepto de impuestos a los combustibles alcanzará 862.422 millones de pesos este año, lo que equivale a unos 1.580 millones de dólares. Esta recaudación proviene de un conjunto de tributos que afectan a los distintos tipos de combustibles destinados fundamentalmente al transporte, tanto público como privado.


Existe un contrasentido en la aplicación de este impuesto en la actualidad, pues esta tributación fue creada para financiar las crecientes necesidades de inversión en obras públicas que tenía el país a mediados de los ochenta, especialmente después del terremoto de 1985. En el transcurso de los años, y en una acertada decisión, el Estado se fue desprendiendo de las necesidades de capital que exigen las obras de infraestructura, entregándolas, mediante concesiones a empresas privadas, las que cobran directamente mediante peajes. De esta manera el Estado chileno ha reducido significativamente sus requerimientos de inversión en obras públicas, las que en la actualidad representan unos 300 millones de dólares al año, es decir menos de un 20% de lo recaudado.


Una segunda contradicción, es el argumento basado en las externalidades de tipo ambiental provocadas por el uso de combustibles. La carga tributaria sobre los combustibles no es homogénea y no castiga en mayor medida a los combustibles más contaminantes. El impuesto a las bencinas es de 6 UTM por cada mt3, valor que cuadruplica las 1,5 UTM por mt3 que se paga por el Petróleo Diesel, cuando este último es el que más contamina. Por otra parte el Kerosene está libre de impuestos, siendo el combustible responsable de una parte significativa de la contaminación intradomiciliaria.


La respuesta a esta aparente paradoja es que han primado supuestos criterios de tipo social, al tratarse de combustibles utilizados por los grupos de menores ingresos (transporte público a diesel y calefacción domiciliaria a parafina) favoreciendo entonces su consumo y por lo tanto los efectos contaminantes de estos en detrimento de alternativas más limpias.


¿Es posible mantener una política de hacienda pública responsable y rebajar simultáneamente el impuesto a los combustibles?


Absolutamente posible. Y es que la Concertación, sin grandes declaraciones, sin grandes reformas ha mantenido una política tributaria claramente expansiva en los últimos años. En el año 2000 la recaudación tributaria neta representó un 16,3% del PIB. La recaudación tributaria implícita en el presupuesto del 2006 representa un 18,4% del PIB, es decir, en sólo 6 años la recaudación de impuestos creció en 2,1% del PIB, esto equivale a 1,4 billones de pesos adicionales anuales, o sea casi 2.600 millones de dólares. Adicionalmente es necesario considerar que la recaudación tributaria ha sobrepasado las expectativas. En efecto, aunque el presupuesto 2006 ya consideraba una recaudación tributaria neta un 11,8% superior a la registrada en el 2005, lo recaudado entre enero y abril de este año supera al 2005 en un 14,7% promedio. Una proyección conservadora nos permite suponer que el Estado Chileno recaudará durante el año 2006 más de 320 mil millones de pesos adicionales al presupuesto nacional.


Como veremos a continuación, estas consideraciones permiten la eliminación del Impuesto a los Combustibles en dos etapas, sin afectar el financiamiento de los proyectos sociales de la presidenta Bachelet.


Una reducción de 50% a partir del 2º semestre de este año, y su total derogación a partir del 1º de enero del 2010. La reducción del Impuesto a los combustibles a un 50% de su valor actual representa una reducción en la recaudación de 215.606 millones durante el 2006, la que estaría totalmente financiada con los 320.000 millones de mayor ingreso tributario proyectado para este año.


A pesar de la eliminación del tributo a los combustibles la participación de la recaudación tributaria seguiría creciendo como proporción del PIB, creciendo desde el 18% del 2006 hasta un 19,1% en el 2010, ya que esta recaudación crece más que el PIB. Esto último deja espacio para futuras reducciones de impuestos, las que podrían alcanzar otros 2,1 billones de pesos en los próximos cuatro años.


Estas proyecciones no consideran ni los mayores ingresos derivados del alto precio del cobre ni las ganancias financieras de estos recursos. Cabe destacar, que la existencia de un Fondo de Estabilización sólo permite limitar la volatilidad en el precio, la que en si misma no es negativa. Lo que los consumidores esperan es una reducción en los precios pagados, lo que sólo se puede lograr eliminando total o parcialmente los tributos.

(1) UTM: Unidad Tributaria Mensual. Medida de dinero expresada en pesos cuyo monto es determinado por ley, actualizándose mensualmente.

(2) http://diario.elmercurio.com/2008/06/08/nacional/politica/noticias/79851D37-61A8-4FE1-BECE-835AE3E93305.htm


(3) http://www.alturamanagement.cl/pdf/Derogacion%20Impuesto%20a%20los%20Combustibles.pdf


http://www.sii.cl/portales/inversionistas/sistema_tributario/impuesto_combustibles.htm


http://leyesciudadanas.bcn.cl/content/view/202327/Impuesto_espec_fico_a_los_combustibles.html


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