viernes, 11 de abril de 2008

TC oficializa fallo que prohíbe distribución de píldora del día después en el sistema público


En un fallo dividido, el Tribunal Constitucional (TC) resolvió acoger el requerimiento de un grupo de parlamentarios de la Alianza que solicitaron que se prohíba la distribución de "la píldora del día después" en el sistema público, resolución que sería dada a conocer el 22 de abril próximo, pero que trascendió durante esta semana.

En el documento, el organismo rechazó la impugnación contra los denominados Dispositivos Intrauterinos (DIU) y desestimó que el secreto en la entrega de la píldora a los adolescentes vulnere el derecho de los padres de orientar y educar a sus hijos en el uso de los métodos de regulación de la fertilidad.
"Ante los múltiples trascendidos y versiones acerca de lo decidido por este Tribunal Constitucional sobre el requerimiento presentado por 36 diputados en contra del Decreto Supremo Nº 48/2007 del Ministerio de Salud, que aprueba las 'Normas Nacionales Sobre Regulación de la Fertilidad', y con el objeto de informar adecuadamente a la opinión pública, se ha resuelto, en esta oportunidad y de modo unánime, dar a conocer el acuerdo que se adoptó, aún cuando el respectivo fallo se encuentra en fase de redacción".

La votación fue adoptada con los votos de los ministros José Luis Cea Egaña, Raúl Bertelsen Repetto, Mario Fernández Baeza, Marcelo Venegas Palacios y Marisol Peña Torres. Por su parte, el presidente del Tribunal, Juan Colombo Campbell, y los ministros Hernán Vodanovic Schnake, Jorge Correa Sutil y Francisco Fernández Fredes, votaron por rechazar ese capítulo del requerimiento.

En la resolución, el organismo señala que resolvió "acoger el requerimiento únicamente en cuanto se declarará la inconstitucionalidad del punto 3.3. de la Sección C de las mismas normas referidas, que ordena al sistema público de salud aconsejar y distribuir los métodos de 'Anticoncepción Hormonal de Emergencia', conocidos genéricamente como 'píldora del día después'".

Jóvenes pobres se embarazan más

Entre las razones que se han esgrimido por parte del Ministerio de Salud para el reparto de la píldora, está que los grupos de riesgo de embarazo son las jóvenes en situación de escasos recursos.

Las cifras indican que en los sectores pobres una de cada cinco adolescentes menores de 20 años es madre, mientras que entre el sector acomodado una de cada 30 jóvenes tiene un hijo.
Otro antecedente indica que el método más usado para evitar el embarazo juvenil es la anticoncepción oral y en tercer lugar los dispositivos intrauterinos, como la "T" de cobre.

El caso de "la píldora" en la justicia
Marzo 2001
Comienza la polémica luego que el ISP autorizó el registro de una versión de "la píldora del día después" llamada Postinal. Grupos opositores presentan la primera acción legal y la Corte Suprema falla en su favor, sacando el producto del mercado.

Noviembre 2002
El centro Ages interpuso una demanda contra la cartera de Salud y el ISP por distribuir (Postinor-2). En julio de 2004, el 20° Juzgado Civil de Santiago prohibió la venta de la pastilla debido a la presentación de Ages. En diciembre, la corte revoca el fallo.

Diciembre 2005
Ages presenta otro recurso, pero la Corte Suprema no modificó la sentencia anterior. La entidad Ages presenta un recurso contra el laboratorio Grünenthal que comercializa la pastilla. En vista de ello, la compañía retiró el fármaco y cerró su registro sanitario.

Febrero 2007
32 parlamentarios interponen un requerimiento ante el Tribunal Constitucional. Piden que no se permita la venta de sustancias que contengan levonorgestrel (como dispositivos de cobre, la píldora y anticonceptivos) a menores de 18 años.

Expertos: prohibición causaría alza de abortos

Si el levonorgestrel es declarado inconstitucional, no sólo la "píldora del día después" saldrá del mercado, sino también todos los anticonceptivos que tengan ese compuesto, además de la T de cobre. Ese cambio en el panorama nacional afectaría a 3.358.196 mujeres de entre 15 y 49 años, y los expertos advierten que los abortos clandestinos doblarían a la cantidad de nacimientos adicionales que aparecerían después de la decisión.

Así lo explica el profesor de la Facultad de Medicina de la Universidad de Chile y creador del Centro de Medicina Reproductiva y Desarrollo Integral del Adolescente, doctor Ramiro Molina y el director de la Escuela de Salud Pública de la U. de Chile, Giorgio Solimano, quienes enviaron un estudio al Tribunal Constitucional.

En él se indica que 54,8% de las chilenas usa anticonceptivos orales, 42,8% dispositivos intrauterinos y 2,4% inyectables.

Pero no es todo. Si el levonorgestrel fuera prohibido, Molina calcula que habría 150 mil nacimientos extras al año, y los abortos clandestinos llegarían a 275 mil, elevándose a 56 mil las hospitalizaciones por abortos. La mortalidad materna por esa causa crecería entre dos y cinco veces.

Las cifras de la salud pública del 2007 indican que 1.160.229 personas usaron algún método de control de natalidad, siendo el dispositivo intrauterino el más usado (545.067). Le siguen los mecanismos hormonales combinados (424.458), progestágeno (65.544) e inyectable (58.873). Atrás está el preservativo: 48.747 fueron solicitados por mujeres y 11.273 por hombres.
Entre 1990 y 2000 las mujeres que usaron anticonceptivos facilitados por el Estado subieron en 60,3%.

Fuente: http://www.forosalud.cl/forosalud/secciones/muestra.asp?query=categoria+%3D+'%22TC+oficializa+fallo+que+proh%EDbe+distribuci%F3n+de+p%EDldora+del+d%EDa+despu%E9s+en+el+sistema+p%FAblico'

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