jueves, 24 de abril de 2008

Ley General de Educación, el “reemplazo” de la LOCE


La controvertida Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza (LOCE) dejó su huella en cuanto a divergencia de opiniones se trata. Su reemplazante, el proyecto de la nueva Ley General de Educación, tiene puntos que se prestan a discusión. Veamos qué plantea...




Lunes 9 de abril. Pocos minutos antes de las 11 horas de la mañana. La Presidenta Michelle Bachelet firmó el proyecto de ley que sustituye la actual y controvertida Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza (LOCE) y la reemplaza por la nueva Ley General de Educación, que espera ingresar al Parlamento para su aprobación.

Los posibles cambios destacables de proyecto serían; la no discriminación. Si bien, la Mandataria había manifestado que hasta sexto básico, se aplicarían los criterios y condiciones de no discriminación y no selección en los establecimientos educacionales, ahora se planteó que fuera hasta octavo básico. Así se aseguraría la igualdad de oportunidades para todos y todas. A su vez, el Estado velará por la igualdad de oportunidades y la inclusión educativa.

También, la creación del Consejo Nacional de Educación que reemplazará al antiguo Consejo Superior de Educación, creado durante el régimen militar. El nuevo consejo representativo (de todos los actores del sistema escolar, con una clara vocación por escuchar la voz de la sociedad) estará a cargo de definir el currículo, los estándares de calidad y la evaluación de los distintos sectores educativos.
Otro cambio implica que los sostenedores sólo podrán ostentar el cargo de sostenedor aquellas corporaciones municipales o fundaciones sin fines de lucro. Se fijará un plazo de cuatro años para que las entidades que actualmente tienen reconocimiento oficial puedan adecuarse a las nuevas exigencias.

¿QUÉ OTRAS COSAS DEBERÍA HACER ESTA NUEVA LEY?

• Regular el sistema escolar, entregando reglas claras para asegurar un servicio educativo de calidad para todos los niños, independiente de su condición social, económica, cultural o territorial. Establece claramente las condiciones y requisitos para la entrega del servicio educativo.

• Establecer derechos y deberes para todos los actores del sistema educativo y genera condiciones para una participación activa de todos ellos en el proceso educativo.

• Equilibrar el derecho a la libertad de enseñanza y a recibir educación de calidad. Los padres pueden escoger y acceder sin discriminación al establecimiento de enseñanza para sus hijos, y existe la libertad para abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales.

• Generar los mecanismos para contar con sistemas de evaluación de calidad de la educación de acuerdo a estándares que se definan nacionalmente. Además se deberán generar los apoyos técnicos y pedagógicos necesarios para mantener procesos de mejora continua en los establecimientos educaciones.

• Promover la transparencia del sistema educativo, exigiendo la publicación y libre acceso a la información respecto a proyectos educativos, resultados académicos, evaluaciones docentes y recursos financieros.


El principal objetivo de esta “nueva” ley es corregir la legislación vigente para terminar con la discriminación y garantizar la calidad de la enseñanza. Al menos así se plantea la orientación del proyecto de ley. Éste además, establece un nuevo marco regulatorio para la educación pública y privada con mayores estándares de calidad, consagrando derechos y deberes para los distintos actores del sistema educativo.

Ahora cabe preguntarse, ¿Son estos cambios correctivos realmente beneficiosos para los estudiantes de este país? Y principalmente ¿Se harán realmente factibles estos beneficios? Lo realmente cierto, es que todos tenemos derecho a una educación de calidad sin ningún pero.


Fuentes:


http://www.educarchile.cl/Portal.Base/Web/VerContenido.aspx?GUID=295526f0-be1d-40dd-a503-52285587ee2e&ID=132837


http://www.educarchile.cl/UserFiles/P0001/File/proyecto_de_ley_de_educacion.pdf







viernes, 11 de abril de 2008

TC oficializa fallo que prohíbe distribución de píldora del día después en el sistema público


En un fallo dividido, el Tribunal Constitucional (TC) resolvió acoger el requerimiento de un grupo de parlamentarios de la Alianza que solicitaron que se prohíba la distribución de "la píldora del día después" en el sistema público, resolución que sería dada a conocer el 22 de abril próximo, pero que trascendió durante esta semana.

En el documento, el organismo rechazó la impugnación contra los denominados Dispositivos Intrauterinos (DIU) y desestimó que el secreto en la entrega de la píldora a los adolescentes vulnere el derecho de los padres de orientar y educar a sus hijos en el uso de los métodos de regulación de la fertilidad.
"Ante los múltiples trascendidos y versiones acerca de lo decidido por este Tribunal Constitucional sobre el requerimiento presentado por 36 diputados en contra del Decreto Supremo Nº 48/2007 del Ministerio de Salud, que aprueba las 'Normas Nacionales Sobre Regulación de la Fertilidad', y con el objeto de informar adecuadamente a la opinión pública, se ha resuelto, en esta oportunidad y de modo unánime, dar a conocer el acuerdo que se adoptó, aún cuando el respectivo fallo se encuentra en fase de redacción".

La votación fue adoptada con los votos de los ministros José Luis Cea Egaña, Raúl Bertelsen Repetto, Mario Fernández Baeza, Marcelo Venegas Palacios y Marisol Peña Torres. Por su parte, el presidente del Tribunal, Juan Colombo Campbell, y los ministros Hernán Vodanovic Schnake, Jorge Correa Sutil y Francisco Fernández Fredes, votaron por rechazar ese capítulo del requerimiento.

En la resolución, el organismo señala que resolvió "acoger el requerimiento únicamente en cuanto se declarará la inconstitucionalidad del punto 3.3. de la Sección C de las mismas normas referidas, que ordena al sistema público de salud aconsejar y distribuir los métodos de 'Anticoncepción Hormonal de Emergencia', conocidos genéricamente como 'píldora del día después'".

Jóvenes pobres se embarazan más

Entre las razones que se han esgrimido por parte del Ministerio de Salud para el reparto de la píldora, está que los grupos de riesgo de embarazo son las jóvenes en situación de escasos recursos.

Las cifras indican que en los sectores pobres una de cada cinco adolescentes menores de 20 años es madre, mientras que entre el sector acomodado una de cada 30 jóvenes tiene un hijo.
Otro antecedente indica que el método más usado para evitar el embarazo juvenil es la anticoncepción oral y en tercer lugar los dispositivos intrauterinos, como la "T" de cobre.

El caso de "la píldora" en la justicia
Marzo 2001
Comienza la polémica luego que el ISP autorizó el registro de una versión de "la píldora del día después" llamada Postinal. Grupos opositores presentan la primera acción legal y la Corte Suprema falla en su favor, sacando el producto del mercado.

Noviembre 2002
El centro Ages interpuso una demanda contra la cartera de Salud y el ISP por distribuir (Postinor-2). En julio de 2004, el 20° Juzgado Civil de Santiago prohibió la venta de la pastilla debido a la presentación de Ages. En diciembre, la corte revoca el fallo.

Diciembre 2005
Ages presenta otro recurso, pero la Corte Suprema no modificó la sentencia anterior. La entidad Ages presenta un recurso contra el laboratorio Grünenthal que comercializa la pastilla. En vista de ello, la compañía retiró el fármaco y cerró su registro sanitario.

Febrero 2007
32 parlamentarios interponen un requerimiento ante el Tribunal Constitucional. Piden que no se permita la venta de sustancias que contengan levonorgestrel (como dispositivos de cobre, la píldora y anticonceptivos) a menores de 18 años.

Expertos: prohibición causaría alza de abortos

Si el levonorgestrel es declarado inconstitucional, no sólo la "píldora del día después" saldrá del mercado, sino también todos los anticonceptivos que tengan ese compuesto, además de la T de cobre. Ese cambio en el panorama nacional afectaría a 3.358.196 mujeres de entre 15 y 49 años, y los expertos advierten que los abortos clandestinos doblarían a la cantidad de nacimientos adicionales que aparecerían después de la decisión.

Así lo explica el profesor de la Facultad de Medicina de la Universidad de Chile y creador del Centro de Medicina Reproductiva y Desarrollo Integral del Adolescente, doctor Ramiro Molina y el director de la Escuela de Salud Pública de la U. de Chile, Giorgio Solimano, quienes enviaron un estudio al Tribunal Constitucional.

En él se indica que 54,8% de las chilenas usa anticonceptivos orales, 42,8% dispositivos intrauterinos y 2,4% inyectables.

Pero no es todo. Si el levonorgestrel fuera prohibido, Molina calcula que habría 150 mil nacimientos extras al año, y los abortos clandestinos llegarían a 275 mil, elevándose a 56 mil las hospitalizaciones por abortos. La mortalidad materna por esa causa crecería entre dos y cinco veces.

Las cifras de la salud pública del 2007 indican que 1.160.229 personas usaron algún método de control de natalidad, siendo el dispositivo intrauterino el más usado (545.067). Le siguen los mecanismos hormonales combinados (424.458), progestágeno (65.544) e inyectable (58.873). Atrás está el preservativo: 48.747 fueron solicitados por mujeres y 11.273 por hombres.
Entre 1990 y 2000 las mujeres que usaron anticonceptivos facilitados por el Estado subieron en 60,3%.

Fuente: http://www.forosalud.cl/forosalud/secciones/muestra.asp?query=categoria+%3D+'%22TC+oficializa+fallo+que+proh%EDbe+distribuci%F3n+de+p%EDldora+del+d%EDa+despu%E9s+en+el+sistema+p%FAblico'

jueves, 10 de abril de 2008

7 de Marzo de 2008, para el Gobierno, ''carece de todo fundamento jurídico''


Alianza materializa acusación constitucional contra Yasna Provoste.

La presentación se sustenta en cinco puntos relativos al caso Subvenciones, entre las que destacan la no correción de ''graves infracciones e irregularidades cometidas por la Seremi'' en Santiago, la confirmación al frente de dicha repartición de Alejandro Traverso y la entrega de ''informaciones falsas o intencionadamente incompletas a la opinión pública y la Cámara''.

Cinco de los 10 diputados de la derecha que patrocinaron la acusación constitucional en contra de la ministra de Educación, Yasna Provoste, anunciaron que este viernes por la tarde el documento original ingresará a la oficina de partes de la Cámara de Diputados en Valparaíso.

Los parlamentarios que respaldaron la iniciativa fueron los jefes de bancada de Renovación y la UDI, Mario Bertolino y José Antonio Kast, además de los RN Germán Becker, René Manuel García, Rosauro Martínez y Alfonso Vargas, así como también los gremialistas Enrique Estay, Iván Moreira, Juan Masferrer y Darío Paya. En la Alianza, explicaron que serán Kast y Becker, ambos en su calidad de integrantes de la comisión de Educación, quienes encabezarán la embestida durante las sesiones de la instancia legislativa que deberá resolver la cuestión previa para que la acusación continúe su trámite.

Aún cuando el documento original no se dio a conocer en el conglomerado de derecha, explicaron que tiene más de 100 páginas, en las que se especifican los incumplimientos de la ministra sustentados en la ley de Bases, ley 18.956 del Ministerio de Educación, estatuto administrativo, ley de Probidad y DFL2. El autor del esquema de la acusación, la que posteriormente los parlamentarios fueron rellenando, fue el abogado Cristián Valenzuela y quienes encabezaron el proceso de redacción, elaboración y marco jurídico fueron los directores ejecutivos del Instituto Libertad y la Fundación Jaime Guzmán, María Luisa Brahms y Miguel Flores. Asimismo, el libelo acusatorio se sustenta no sólo en el informe de la Contraloría, sino que también en el capítulo especial de ética funcionaria y otros elementos aportados por los abogados del sector.

En una minuta entregada a la prensa, los parlamentarios de la Alianza sostienen que Yasna Provoste “no corrigió las graves infracciones e irregularidades cometidas por la Seremi de Educación metropolitana en materia de recursos públicos” y “no sancionó las infracciones graves a la ley de Subvenciones”. La criticaron también por mantener en su cargo a Alejandro Traverso, en su calidad de “responsable de las infracciones e irregularidades graves”, así como por “ignorar auditorías que daban cuenta de gravísimas irregularidades cometidas en distintos programas y regiones del país”. También la cuestionaron por “entregar informaciones falsas o intencionadamente incompletas a la opinión pública y a la Cámara de Diputados, infringiendo el principio de probidad administrativa”. De la acusación se dará cuenta en la sala en la sesión del próximo martes 11 de marzo e inmediatamente se sortearán los cinco diputados que integrarán la comisión que revisará la llamada “cuestión previa”.

Gobierno reafirma defensa Consultado al respecto, el ministro secretario general de Gobierno, Francisco Vidal, dijo que La Moneda “rechaza” la iniciativa, “ya que carece de todo fundamento jurídico”. “Esto rompe un clima de entendimiento político que los chilenos demandan. Aquí, el desalojo ha ganado, ha ganado en la derecha, en los que lo sostienen, pero el desalojo y la confrontación no están instalados en el alma ni en la conciencia de la abrumadora mayoría de los chilenos, que no quieren más pelea, sino que entendimiento y que el Gobierno y la oposición se pongan de acuerdo para que el país avance”, agregó.

Si bien calificó la idea de “lamentable”, recordó que los legisladores están haciendo uso de un derecho constitucional, “delicado, por lo que uno esperaría la mayor responsabilidad en su uso”. “El Gobierno va a defender por convicción, por respeto a las instituciones, a la tradición y por la democracia -que hemos reconstruido entre todos desde hace 18 años- a la ministra Provoste, convencido de que esta acusación es injusta e infundada”, advirtió. Finalmente, dijo espera un “debate argumentado”, porque condenar de antemano a la funcionaria basándose en la composición del Congreso sería “jugar con las instituciones”.

Fuente: http://www.elmostrador.cl/modulos/noticias/constructor/noticia_nueva.asp?id_noticia=241940